Para la prima de diciembre en Colombia el plazo no se cierra a fin de mes: se cierra el 20 de diciembre. El artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo obliga a pagar 30 días de salario al año en dos cuotas, "la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre". En 2026 el 20 de diciembre cae domingo, así que el último día hábil para que el pago quede acreditado es el viernes 18 de diciembre.
Entre el 1 y el 18 de diciembre de 2026 hay 13 días hábiles, porque el 8 de diciembre es festivo y la Ley 51 de 1983 lo deja fijo en su fecha, sin traslado al lunes siguiente. En esos 13 días hábiles caen cuatro salidas de caja distintas. La cifra de la prima la tienes desde noviembre; lo que aprieta es la concentración.
¿Cuánta caja se va antes del 20 de diciembre?
Ordenadas por fecha límite y por naturaleza, las salidas de la primera quincena son cuatro:
- La segunda cuota de la prima de servicios. Quince días de salario por persona, con plazo al 20 de diciembre. Monto fijo, fecha fija, sin margen de maniobra.
- La tercera dotación del año. El artículo 232 del CST fija la entrega de calzado y vestido de labor para el 20 de diciembre, el mismo día de la prima. Obligatoria en el qué, con alternativas en el cómo.
- La nómina y los aportes del mes. Corren en paralelo, y en muchas empresas la segunda quincena se paga antes de lo habitual por el receso de fin de año.
- Los bonos y regalos de fin de año. El monto, la fecha y la naturaleza jurídica los decides tú. Es la única de las cuatro que admite rediseño.
Para el colaborador las cuatro llegan juntas también, y en un orden que importa: la prima suele ser el dinero con el que cierra las deudas del año, y una dotación que aparece el 21 de diciembre ya no le resuelve nada.
La base de la prima de servicios es más alta que el salario
El pago de la prima de servicios de diciembre no se liquida solo sobre el salario. El artículo 7 de la Ley 1 de 1963 considera el auxilio de transporte incorporado al salario para todos los efectos de liquidación de prestaciones sociales. Con el auxilio fijado en $249.095 mensuales para 2026 por el Decreto 1470 de 2025, la cuota de diciembre suma cerca de $124.500 por cada persona que lo devenga, porque la cuota equivale a 15 días.
Conviene tener claro también lo que no se suma. La prima es una prestación social, y el artículo 128 del CST excluye las prestaciones sociales del concepto de salario, así que sobre ella no se liquidan aportes a seguridad social. La prima cuesta exactamente lo que dice la liquidación. Eso la vuelve predecible, no liviana.
La provisión de prima de servicios del 8,33 % es aritmética
Treinta días de salario al año, sobre una base de 360 días, son 8,33 % del salario mensual cada mes. No es la recomendación de ninguna entidad: es la división. Y es el único punto del calendario de diciembre que todavía se puede mover, porque se mueve antes.
Si vienes provisionando desde julio, el 18 de diciembre mueves un pasivo que ya está fondeado. Si no, los 15 días salen de la caja operativa del mes con más gasto del año, compitiendo con los bonos, la dotación y el cierre contable. El costo anual es idéntico en los dos casos; el flujo de caja de nómina no. El esquema de compensación que rodea esa obligación lo tratamos en prima de servicios: más allá de la obligación.
¿Qué parte de los costos laborales de diciembre todavía puedes acomodar?
Divide el gasto por naturaleza y no por monto, y aparecen tres bloques. El primero es lo que es salario y no se negocia: la segunda cuota de la prima, la nómina y los aportes. El segundo es lo obligatorio en el qué pero flexible en el cómo: la dotación de diciembre, cuya fecha está en la ley y cuya forma de entrega sigue siendo una decisión de la empresa. El tercero es lo discrecional: bonos, anchetas, primas extralegales y regalos.
El tercer bloque es donde queda margen. El artículo 128 permite que los beneficios habituales u ocasionales acordados expresamente con el trabajador, entre ellos alimentación, vestuario y las primas extralegales de navidad, no constituyan salario, siempre que el pacto exista y esté escrito. Y tiene techo: el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 establece que los pagos laborales no constitutivos de salario de los trabajadores particulares no pueden superar el 40 % del total de la remuneración, so pena de que el exceso entre a la base de cotización.
Dos reglas de fecha que vale revisar antes de que empiece diciembre. El pacto de exclusión salarial no cubre hacia atrás, y el 40 % se calcula con las cifras del año que cierra: ese cálculo lo desarrollamos en qué documentar antes del cierre. Además, una bonificación no salarial de fin de año que se repite cada diciembre deja de ser un pago ocasional, y el criterio está en cuándo un bono navideño deja de ser ocasional.
La dotación de diciembre merece su propio plazo, porque el proveedor tiene el suyo: ahí está cómo cumplir el plazo de diciembre. El umbral de 2026 es $3.501.810 de remuneración mensual, dos veces el salario mínimo de $1.750.905 fijado por el Decreto 1469 de 2025, para quien lleve más de tres meses de servicio, según el artículo 230 del CST.
Dónde queda el rastro de la parte no salarial
Bink no paga la prima: eso es obligación de cada empresa y la ley define su fecha. Tampoco entrega nada físico. Lo que hace con la parte discrecional de diciembre es otra cosa: la empresa asigna el monto como un bolsillo en la tarjeta de cada colaborador, restringido a la categoría que corresponda, y la dispersión toma unos cinco minutos en lugar de una semana de coordinación. En la práctica, el bono de fin de año deja de competir por el mismo día de operación que la prima.
Lo otro que queda es el registro: persona, monto, categoría y fecha de cada asignación. Es justo lo que se pide cuando alguien revisa el 40 % o el soporte de un pago no salarial dos años después. Más de 380 empresas en Colombia operan así sus beneficios.
Una advertencia de calendario. La cuenta de un colaborador se activa con la primera dispersión de nómina, no el día que firma el contrato. Para un ingreso de noviembre o de diciembre, eso hay que tenerlo en cuenta antes de prometerle el bono en la tarjeta.
Las cinco verificaciones antes del 1 de diciembre
- La fecha de acreditación, no la de la orden de pago. Viernes 18 de diciembre de 2026, no domingo 20.
- La base real de la prima, salario más auxilio de transporte para quien lo devenga.
- El saldo de la provisión frente al monto liquidado, para saber cuánto sale de caja operativa y cuánto de pasivo.
- El umbral de dotación en pesos de 2026, $3.501.810 de remuneración mensual.
- El 40 % recalculado con las cifras del año que cierra, antes de confirmar el monto del bono.
La pregunta de octubre no es cuánto cuesta diciembre. Es cuánto de ese monto ya está fondeado y cuánto vas a terminar decidiendo en la semana del año en la que menos tiempo tienes para decidir.
